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01/12/2007
El congreso envía al senado la ley que regula las sanciones por vulnerar los derechos de las personas con discapacidad

- La norma sancionará las conductas que supongan discriminación o vulneren las leyes de accesibilidad

- Las sanciones previstas van desde los 301 euros para las infracciones más leves, hasta un millón para las más graves 

- El Gobierno deberá informar anualmente al Parlamento de las infracciones cometidas y de las sanciones impuestas

MADRID, 21 (SERVIMEDIA) La Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados envió hoy al Senado el proyecto de ley que regulará las sanciones por vulnerar los derechos de las personas con discapacidad. 

Concretamente, la futura norma establecerá un régimen sancionador eficaz ante las infracciones que vulneren la Ley de Igualdad de Oportunidades, No Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad (Liondau). 

Estas infracciones serán "leves", "graves" o "muy graves", según la importancia de los hechos punibles, y tendrán unas multas con cuantías que irán desde un mínimo de 301 euros hasta un máximo de un millón de euros. 

Los criterios tenidos en cuenta en la graduación de las sanciones serán la intencionalidad del sujeto infractor, la negligencia, el fraude, el incumplimiento de las advertencias previas, el volumen de negocios y el número de personas afectadas. 

No obstante, en fase de ponencia se aprobaron dos enmiendas presentadas por CiU en las que se suprime del texto original el término "deliberado" a la hora de determinar las conductas que suponen infracciones graves y muy graves. 

Según argumentó hoy el portavoz del Grupo Catalán en la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales, Carles Campuzano, "es un hecho que la inmensa mayoría de vulneraciones e incumplimientos de accesibiidad universal no son queridos" ni llevados a cabo con conciencia o voluntad y no son, por tanto, deliberados, pero sí constituyen infracciones. 

INFRACCIONES Se considerarán infracciones administrativas las vulneraciones del derecho a la igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad cuando se produzcan discriminaciones directas o indirectas, acosos, incumplimiento de las exigencias de accesibilidad y de realizar ajustes razonables. 

Del mismo modo, la ley tipifica como infracciones el incumplimiento de las medidas de acción positiva legalmente establecidas, especialmente cuando se deriven beneficios económicos para el infractor. 

Por ejemplo, el texto considera graves los actos discriminatorios que supongan un trato menos favorable para las personas con discapacidad en relación con otras personas que se encuentren en situaciones análogas o comparables, y como muy grave el incumplimiento reiterado de los requisitos necesarios para poner en práctica la Liondau. 

INFORMACIÓN ANUAL Tanto CiU como PP presentaron una enmienda que pide la creación de un fondo para dotar de presupuesto a acciones encaminadas a mejorar la accesibilidad de las personas con discapacidad, que no se aceptó. 

A cambio, el PSOE propuso una alternativa que, aunque supone sólo "un paso tímido" en la dirección de lo que pedían los citados grupos, éstos dieron por buena para acelerar el trámite de la norma. 

En concreto, la propuesta socialista es una nueva disposición adicional que señala, textualmente, que "el Gobierno, durante los cuatro primeros años posteriores a la entrada en vigor de la ley, presentará a las Cortes Generales un informe anual en el que dé cuenta al menos de las actuaciones efectuadas cada año para la aplicación de la ley". 

Del mismo modo, deberá informar del coste económico de dichas actuaciones; de las actuaciones programadas para años sucesivos, con información del coste previsto, y de las infracciones cometidas y las sanciones impuestas en aplicación de esta ley, con especificación del rendimiento económico que han producido. 

OTRAS ENMIENDAS Aunque esta fue la única modificación del informe de la ponencia aprobada hoy, la comisión votó otras tres enmiendas: dos del PP y una del PNV, que estos grupos decidieron mantener vivas por considerarlas importantes. 

Una de las propuestas populares pide que, cuando haya sospechas de incumplimiento de la normativa, las empresas tengan la obligación de facilitar el acceso a sus dependencias (siempre que éstas no sean su domicilio), sin que las autoridades deban avisar previamente, como establece ahora el texto en su artículo 14. 

Según subrayó la ponente de este texto por el Grupo Parlamentario Socialista, Elvira Cortajarena, la enmienda no se aceptó porque el "previo aviso" a la hora de las inspecciones constituye un procedimiento habitual en todas ellas. 

TEXTO CONSENSUADO Todos los grupos parlamentarios coincidieron en señalar la importancia de esta norma y el esfuerzo hecho por todos ellos para consensuarla y conseguir que se apruebe antes de que finalice esta legislatura. 

En la tramitación de esta ley se ve que "hay una voluntad de atender las necesidades de las personas con discapacidad y desarrollar la Liondau", afirmó el ponente de la norma de infracciones y sanciones por el PP, Paco Vañó. 

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) participó en la elaboración del texto propuesto por el Gobierno al Parlamento, que fue también informado favorablemente por el Consejo Nacional de la Discapacidad. 

(SERVIMEDIA) 21-NOV-2007 IGA/caa

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